Modificación de la Lista Marco: RD 993/2014, sobre procedimiento y requisitos de certificación para la exportación.

Recientemente se publicó el RD 993/2014, de 28 de noviembre, por lo que se establece el procedimiento y requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación. Así pues, queda derogado el RD 265/2008, de 22 de febrero por el que se establece la Lista Marco, de establecimientos registrados para la exportación de carne y productos cárnicos.

 

El nuevo reglamento es de aplicación a los exportadores de productos de origen animal destinado a consumo humano (productos cárnicos, huevos, pescados, molusco y derivados, productos lácteos, quesos, miel, …) directamente o por otros operadores comerciales.

 

Así pues cuando el país destino exija requisitos diferentes y / o adicionales a los de la Unión Europea será necesario certificar el cumplimiento de los requisitos de trazabilidad y de sanidad animal exigidos por el país de destino, mediante la certificación de su sistema de autocontrol específico a través de un organismo independiente de control. En este sentido el Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente ha publicado el Protocolo de certificación para la exportación veterinaria. Su solicitud se debe realizar a través de la aplicación web CEXGAN.

 

Por último, los establecimientos que se encontraban inscritos en la Lista Marco, disponen como máximo hasta el 30 de junio de 2016 (18 meses después de la fecha de publicación del nuevo Real Decreto), con el fin de adecuarse al nuevo marco normativo.